Art. Disposición derogatoria
Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección segunda. Del Ente público Radio Televisión Madrid

Art. Disposición derogatoria

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En vigor desde 24 abr 1986
Quedan derogadas todas aquellas disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en la presente Ley.
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