Art. 3
Título TITULO I

Art. 3

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En vigor desde 24 feb 1985
Se establece un recargo sobre la tasa estatal que grava los juegos de suerte, envite o azar, cuando dichos juegos se celebran en casinos de juego o mediante máquinas o aparatos automáticos aptos para la realización de los mismos.
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eli/es-vc/l/1985/02/23/1#art-3