Art. 47
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO 8

Art. 47

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En vigor desde 3 feb 1984
En lo no previsto en el presente capítulo regirá la normativa sobre función pública y la de materia laboral, aplicables al personal al servicio de la Comunidad de Madrid.
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eli/es-md/l/1984/01/19/1#art-47