Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO 8
Art. 41
41 / 88En vigor desde 3 feb 1984
Integran el personal al servicio de los organismos autónomos de la Comunidad de Madrid:
a) Los funcionarios de carrera adscritos a dichos organismos.
b) Los contratados en régimen laboral.
c) Los funcionarios de empleo.
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Proeli/es-md/l/1984/01/19/1#art-41