Art. 23
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección II. De la elección y cese

Art. 23

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En vigor desde 21 mar 1983
En los demás casos previstos en el artículo 20 el Presidente continuará el ejercicio de sus funciones hasta la toma de posesión del nuevo Presidente de la Xunta.
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eli/es-ga/l/1983/02/22/1#art-23