Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección II. De la elección y cese
Art. 20
20 / 63En vigor desde 21 mar 1983
El Presidente prestará juramento en su toma de posesión con la siguiente fórmula.
«Juro o prometo ser fiel a mi mandato como Presidente de la Xunta, observar y hacer cumplir la Constitución y el Estatuto de Autonomía y las demás leyes de Galicia y del Estado y ejercitar mis funciones en el interés supremo y exclusivo de Galicia y de España».
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Proeli/es-ga/l/1983/02/22/1#art-20