Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección II. De la elección y cese
Art. 15
15 / 63En vigor desde 21 mar 1983
El Presidente de la Xunta será elegido por el Parlamento Gallego de entre sus miembros.
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Proeli/es-ga/l/1983/02/22/1#art-15