Título TÍTULO III
Art. Disposición final primera
66 / 68En vigor desde 30 abr 1983
Para lo no previsto en esta Ley, serán de aplicación la disposiciones legales del Estado en la materia, equiparándose los órganos por analogía de sus funciones.
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Proeli/es-cn/l/1983/04/14/1#disposicion-final-primera