Art. 1

Art. 1

1 / 2
En vigor desde 12 ago 1982
Se designa a Santiago de Compostela como sede del Parlamento, de la Xunta, de su Presidente y de las Consellerías.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ga/l/1982/06/24/1#art-1