Libro LIBRO II›Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Ley 181
183 / 607En vigor desde 3 abr 1973
Cláusulas de sustitución. Respecto a las cláusulas de sustitución establecidas en pactos sucesorios se observará lo establecido en el título VIII de este libro.
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Tus anotaciones
Proeli/es/l/1973/03/01/1#ley-181