Art. Instrumento de Ratificación

Art. Instrumento de Ratificación

En vigor desde 14 sept 1955
Por tanto, habiendo visto y examinado los dieciséis artículos que integran dicho Convenio; oída la Comisión de Tratados de las Cortes Españolas, en cumplimiento de lo prevenido en el artículo catorce de su Ley Orgánica, vengo en aprobar y ratificar cuanto en ello se dispone; en virtud del presente lo apruebo y ratifico, prometiendo cumplirlo, observarlo y hacer que se cumpla y observe puntualmente en todas sus partes, a cuyo fin, para su mayor validación y firmeza, MANDO expedir este Instrumento de Ratificación, firmado por Mí, debidamente sellado y refrendado por el infrascrito Ministro de Asuntos Exteriores. Dado en el Pazo de Meirás a once de septiembre de mil novecientos cincuenta y tres. FRANCISCO FRANCO El Ministro de Asuntos Exteriores, ALBERTO MARTÍN ARTAJO El Instrumento de Ratificación fué depositado en Bruselas el 8 de diciembre de 1953.
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eli/es/ai/1952/05/10/(1)#instrumento-instrumentoderatificacion