Art. 6
Capítulo PARTE IV

Art. 6

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En vigor desde 23 feb 2000
Las Partes informarán sobre la aplicación de las disposiciones de la parte II del presente Protocolo que hayan aceptado en los informes que presenten en virtud del artículo 21 de la Carta.
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Pro

eli/es/ai/1988/05/05/(1)#art-6