Art. Instrumento de ratificación
En vigor desde 28 jun 2004
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
Por cuanto el día 14 de enero de 2000, el Plenipotenciario de España nombrado en buena y debida forma al efecto, firmó en Montreal el Convenio para la unificación de ciertas reglas para el transporte aéreo internacional, hecho en Montreal el 28 de mayo de 1999,
Vistos y examinados el Preámbulo y los cincuenta y siete artículos de dicho Convenio,
Concedida por las Cortes Generales la autorización prevista en el artículo 94.1 de la Constitución,
Vengo en aprobar y ratificar cuanto en el mismo se dispone, como en virtud del presente lo apruebo y ratifico, prometiendo cumplirlo, observarlo y hacer que se cumpla y observe puntualmente en todas sus partes, a cuyo fin, para su mayor validación y firmeza mando expedir este Instrumento de Ratificación firmado por Mí, debidamente sellado y refrendado por el infrascrito Ministro de Asuntos Exteriores, con las siguientes declaraciones:
«El Reino de España, Estado Miembro de la Comunidad Europea, declara que de acuerdo con el Tratado que establece la Comunidad Europea, la Comunidad tiene competencias para tomar acciones en ciertas materias cubiertas en el presente Convenio.»
«De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 57, el Convenio no se aplicará:
a) Al transporte aéreo internacional efectuado directamente por España con fines no comerciales respecto a sus funciones y obligaciones como Estado soberano; ni
b) Al transporte de personas, carga y equipaje efectuado para sus autoridades militares en aeronaves matriculadas en España, o arrendadas por España, y cuya capacidad total ha sido reservada por las autoridades españolas o en nombre de las mismas.»
Dado en Madrid, a cuatro de junio de dos mil dos.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Asuntos Exteriores
JOSEP PIQUÉ I CAMPS
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Tus anotaciones
Proeli/es/ai/1999/05/28/(1)#instrumento-pr