Art. Instrumento de Ratificación

Art. Instrumento de Ratificación

En vigor desde 29 may 1962
POR TANTO, habiendo visto y examinado los once artículos, la Disposición Final y la Disposición Adicional que integran dicho Convenio, oída la Comisión de Tratado de las Cortes Españolas, en cumplimiento de lo prevenido en el artículo 14 de su Ley Orgánica, vengo a aprobar y ratificar cuanto en ello se dispone, corno en virtud del presente lo apruebo y ratifico, prometiendo cumplirlo, observarlo y hacer que se cumpla y observe puntualmente en todas sus partes, a cuyo fin para su mayor validación y firmeza MANDO expedir este Instrumento de Ratificación firmado por Mí, debidamente sellado y refrendado por el infrascrito Ministro de Asuntos Exteriores. Dado en Madrid a 10 de mayo de 1962. FRANCISCO FRANCO El Ministro de Asuntos Exteriores, FERNANDO MARÍA CASTIELLA Las ratificaciones fueron canjeadas en la Ciudad del Vaticano el 29 de mayo de 1962.
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eli/es/ai/1962/04/05/(1)#instrumento-instrumentoderatificacion