Art. Disposición adicional
13 / 13En vigor desde 29 may 1962
Como la Santa Sede tiene ya pedido al Gobierno Español el reconocimiento de los estudios cursados en la Universidad de la Iglesia, con sede central en Pamplona, el Gobierno Español inmediatamente que el presente Convenio tenga fuerza de obligar, por el canje de los Instrumentos de Ratificación correspondientes, dictará un Decreto por el que se reconozcan los efectos civiles prevenidos en el mismo a todas aquellas Facultades y Escuelas Técnicas Superiores de dicha Universidad que reúnan las condiciones requeridas para ello en el propio Convenio. Disposiciones sucesivas irán reconociendo también a petición de la Santa Sede, a medida que vayan cumpliendo tales requisitos otras Facultades o Escuelas Técnicas Superiores de Universidades de la Iglesia, ya creadas o que puedan crearse en el futuro.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/ai/1962/04/05/(1)#disposicion-adicional