Art. Instrumento de ratificación

Art. Instrumento de ratificación

En vigor desde 14 jun 1991
JUAN CARLOS I REY DE ESPAÑA Por cuanto el día 6 de marzo de 1990, el Plenipotenciario de España firmó en Sofía, juntamente con el Plenipotenciario de la República Popular de Bulgaria, nombrados ambos en buena y debida forma al efecto, el Convenio entre España y la República Popular de Bulgaria para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, Vistos y examinados los veintisiete artículos del Convenio y el Protocolo que forma parte del mismo, Concedida por las Cortes Generales la autorización prevista en el artículo 94.1 de la Constitución, Vengo a aprobar y ratificar cuanto en él se dispone, como en virtud del presente lo apruebo y ratifico, prometiendo cumplirlo, observarlo y hacer que se cumpla y observe puntualmente en todas sus partes, a cuyo fin, para su mayor validación y firmeza, Mando expedir este Instrumento de Ratificación firmado por Mí, debidamente sellado y refrendado por el infraescrito Ministro de Asuntos Exteriores. Dado en Madrid a 14 de junio de 1991. JUAN CARLOS R. El Ministro de Asuntos Exteriores, FRANCISCO FERNÁNDEZ ORDÓÑEZ
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eli/es/ai/1990/03/06/(1)#instrumento-instrumentoderatificacion-2