Art. Instrumento de ratificación
En vigor desde 14 jun 1991
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
Por cuanto el día 6 de marzo de 1990, el Plenipotenciario de España firmó en Sofía, juntamente con el Plenipotenciario de la República Popular de Bulgaria, nombrados ambos en buena y debida forma al efecto, el Convenio entre España y la República Popular de Bulgaria para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
Vistos y examinados los veintisiete artículos del Convenio y el Protocolo que forma parte del mismo,
Concedida por las Cortes Generales la autorización prevista en el artículo 94.1 de la Constitución,
Vengo a aprobar y ratificar cuanto en él se dispone, como en virtud del presente lo apruebo y ratifico, prometiendo cumplirlo, observarlo y hacer que se cumpla y observe puntualmente en todas sus partes, a cuyo fin, para su mayor validación y firmeza, Mando expedir este Instrumento de Ratificación firmado por Mí, debidamente sellado y refrendado por el infraescrito Ministro de Asuntos Exteriores.
Dado en Madrid a 14 de junio de 1991.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Asuntos Exteriores,
FRANCISCO FERNÁNDEZ ORDÓÑEZ
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Tus anotaciones
Proeli/es/ai/1990/03/06/(1)#instrumento-instrumentoderatificacion-2