Art. 25
25 / 27En vigor desde 14 jun 1991
Las disposiciones del presente Convenio no afectan a los privilegios fiscales de los miembros de misiones diplomáticas y consulares reconocidos en virtud de los principios generales del Derecho Internacional o de las disposiciones de acuerdos especiales.
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Proeli/es/ai/1990/03/06/(1)#art-25