Art. Instrumento de ratificación

Art. Instrumento de ratificación

En vigor desde 14 feb 1987
JUAN CARLOS I REY DE ESPAÑA Por cuanto el día 2 de julio de 1982, el Plenipotenciario de España firmó en Madrid, juntamente con el Plenipotenciario de la República de Túnez, nombrados ambos en buena y debida forma al efecto, el Convenio entre España y la República de Túnez para evitar la doble imposición en materia de Impuestos sobre la Renta y el Patrimonio, Vistos y examinados los veintinueve artículos del Convenio, Concedida por las Cortes Generales la autorización prevista en el artículo 94.1 de la Constitución, Vengo en aprobar y ratificar cuanto en él se dispone, como en virtud del presente lo apruebo y ratifico, prometiendo cumplirlo, observarlo y hacer que se cumpla y observe puntualmente en todas sus partes, a cuyo fin, para su mayor validación y firmeza, mando expedir este Instrumento de Ratificación firmado por Mí, debidamente sellado y refrendado por el infrascrito Ministro de Asuntos Exteriores. Dado en Madrid, a 21 de octubre de 1986. JUAN CARLOS R. El Ministro de Asuntos Exteriores, FRANCISCO FERNÁNDEZ ORDÓÑEZ
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eli/es/ai/1982/07/02/(1)#instrumento-instrumentoderatificacion