Título PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS›Capítulo PARTE III
Art. 16
16 / 53En vigor desde 27 jul 1977
Todo ser humano tiene derecho en todas partes al reconocimiento de su personalidad jurídica.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/ai/1966/12/19/(1)#art-16