Art. Artículo I

Art. Artículo I

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En vigor desde 15 jul 1977
Las Partes del presente Convenio se obligan a dar efectividad a las Reglas y otros Anexos que constituyen el Reglamento internacional para prevenir los abordajes, 1972 (en adelante denominado «el Reglamento»), que se une a este Convenio.
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eli/es/ai/1972/10/20/(1)#articulo-i