Art. 8
8 / 22En vigor desde 5 sept 2004
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 12, los privilegios marítimos siguen al buque no obstante cualquier cambio de propiedad, matrícula o pabellón.
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Tus anotaciones
Proeli/es/ai/1993/05/06/(1)#art-8