Art. Cuarto
4 / 4En vigor desde 19 abr 2023
La presente Instrucción, dado su carácter general, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», en aplicación de lo dispuesto en el artículo 18.6 de la LOREG, y surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación.
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Proeli/es/ins/2023/04/13/3#cuarto