Art. Cuarto

Art. Cuarto

4 / 5
En vigor desde 29 mar 2007
La aplicación de los criterios previstos en la anterior norma tercera requerirá la efectiva presentación de candidaturas en los respectivos ámbitos territoriales.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/ins/2007/03/22/3#cuarto