Art. Norma final

Art. Norma final

7 / 7
En vigor desde 12 jun 1996
La presente Instrucción entrará en vigor a partir de los tres meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/ins/1996/03/01/2#norma-final