Art. Quinto
5 / 5En vigor desde 6 feb 2025
La presente Instrucción, dado su carácter general, conforme al artículo 18.6 de la LOREG, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y será de aplicación a partir del día siguiente al de su publicación.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/ins/2025/01/30/1#quinto