Art. Tercero
3 / 6En vigor desde 2 feb 2024
La comunicación a la Junta Electoral Central detallará las características técnicas de la encuesta que se pretende realizar, incluyendo el sistema de muestreo, previsión del tamaño de la muestra, margen de error de la misma, nivel de representatividad, procedimiento de selección de los encuestados, técnicas de encuesta y fechas previstas de realización del trabajo de campo y de la conclusión del estudio. Asimismo, deberá recoger el borrador de cuestionario planteado en el momento de la comunicación, sin perjuicio de que posteriormente se envíe el cuestionario definitivo.
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Proeli/es/ins/2024/02/01/1#tercero