Art. 1

Art. 1

En vigor desde 26 nov 2025
Artículo 1 En el artículo 7 octies bis, apartado 1, párrafo quinto, de la Directiva 1999/62/CE, la fecha de «31 de diciembre de 2025» se sustituye por la de «30 de junio de 2031», y la fecha de «1 de enero de 2026» se sustituye por la de «1 de julio de 2031».
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