Art. 12 · Autoridades u organismos competentes y puntos de contacto

Art. 12

Autoridades u organismos competentes y puntos de contacto

En vigor desde 23 oct 2024
Artículo 12 Autoridades u organismos competentes y puntos de contacto 1.   Los Estados miembros designarán una o varias autoridades u organismos competentes responsables de la expedición, renovación y retirada de la Tarjeta Europea de Discapacidad y la Tarjeta Europea de Estacionamiento para personas con discapacidad. 2.   Los Estados miembros designarán uno o varios puntos de contacto nacionales para facilitar el diálogo entre los Estados miembros y la Comisión en relación con la correcta transposición y aplicación de la presente Directiva. Los Estados miembros informarán a la Comisión de sus puntos de contacto nacionales a más tardar el 5 de junio de 2025.
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