Art. 26 · Cláusula de no regresión y disposiciones más favorables

Art. 26

Cláusula de no regresión y disposiciones más favorables

En vigor desde 23 oct 2024
Artículo 26 Cláusula de no regresión y disposiciones más favorables 1.   La presente Directiva no constituirá una justificación válida para la disminución del nivel general de protección ya garantizado a los trabajadores de plataformas en los Estados miembros, también en lo que respecta a los procedimientos establecidos para determinar la situación laboral correcta de las personas que realizan trabajos en plataformas, así como las prerrogativas existentes de los representantes. 2.   La presente Directiva no afectará a la prerrogativa de los Estados miembros de aplicar o de introducir disposiciones legales, reglamentarias o administrativas más favorables para los trabajadores de plataformas, o de promover o permitir la aplicación de convenios colectivos que sean más favorables para los trabajadores de plataformas, en consonancia con los objetivos de la presente Directiva. 3.   La presente Directiva se entiende sin perjuicio de los demás derechos concedidos a las personas que realizan trabajo en plataformas por otros actos jurídicos de la Unión.
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