Art. 48.tit_1
Intercambio de información en relación con la aplicación de políticas a nivel de grupo en terceros países
En vigor desde 31 may 2024
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dir:2024:1640:oj#art-48.tit_1