Art. 27
Sustitución de la Directiva 2009/123/CE
En vigor desde 11 abr 2024
Artículo 27
Sustitución de la Directiva 2009/123/CE
La Directiva 2009/123/CE se sustituirá en relación con los Estados miembros vinculados por la presente Directiva, sin perjuicio de las obligaciones de dichos Estados miembros con respecto a la fecha de transposición de esa Directiva.
Por lo que respecta a los Estados miembros vinculados por la presente Directiva, las referencias a las disposiciones de la Directiva 2005/35/CE añadidas o sustituidas por la Directiva 2009/123/CE se interpretarán como referencias a la presente Directiva.
Los Estados miembros no vinculados por la presente Directiva seguirán estando vinculados por la Directiva 2005/35/CE modificada por la Directiva 2009/123/CE.
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