Art. 11
Apoyo a los empleadores con una plantilla inferior a 250 trabajadores
En vigor desde 10 may 2023
Artículo 11
Apoyo a los empleadores con una plantilla inferior a 250 trabajadores
Los Estados miembros prestarán apoyo, en forma de asistencia técnica y formación, a los empleadores con una plantilla inferior a 250 trabajadores y a los representantes de los trabajadores de que se trate, a fin de facilitarles el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente Directiva.
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