Art. 12 · Tasas

Art. 12

Tasas

En vigor desde 20 oct 2021
Artículo 12 Tasas Los Estados miembros podrán exigir el pago de tasas por la tramitación de las solicitudes de conformidad con la presente Directiva. El nivel de las tasas impuestas por cada Estado miembro para tramitar las solicitudes no será desproporcionado ni excesivo. Cuando los Estados miembros expidan permisos de residencia nacionales con fines de empleo de alta cualificación, no exigirán a los solicitantes de una tarjeta azul de la UE el pago de tasas más elevadas que las impuestas a los solicitantes de permisos nacionales.
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