Art. 22
Entrada en vigor
En vigor desde 17 abr 2019
Artículo 22
Entrada en vigor
La presente Directiva entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Los destinatarios de la presente Directiva son los Estados miembros de conformidad con lo dispuesto en los Tratados.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dir:2019:713:oj#art-22