Art. 129 · Fecha en que la fusión transfronteriza surte efecto

Art. 129

Fecha en que la fusión transfronteriza surte efecto

En vigor desde 14 jun 2017
Artículo 129 Fecha en que la fusión transfronteriza surte efecto La legislación del Estado miembro a la que esté sujeta la sociedad resultante de la fusión transfronteriza determinará la fecha de efectividad de la fusión transfronteriza. Esta fecha será posterior a la realización del control contemplado en el artículo 128.
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