Art. 1 · Modificaciones de la Directiva 75/324/CEE

Art. 1

Modificaciones de la Directiva 75/324/CEE

En vigor desde 21 nov 2016
Artículo 1 Modificaciones de la Directiva 75/324/CEE El anexo de la Directiva 75/324/CEE se modifica como sigue: a) el punto 2.2 se sustituye por el texto siguiente: «2.2.   Etiquetado Sin perjuicio de lo dispuesto en el Reglamento (CE) n.o 1272/2008, los generadores de aerosoles deberán llevar de forma visible, legible e indeleble lo siguiente: a) si el aerosol está clasificado como “no inflamable” de acuerdo con los criterios del punto 1.9, la palabra de advertencia “atención” y las demás indicaciones que deben figurar en las etiquetas de los aerosoles de la categoría 3 contemplados en la tabla 2.3.1 del anexo I del Reglamento (CE) n.o 1272/2008; b) si el aerosol está clasificado como “inflamable” de acuerdo con los criterios del punto 1.9, la palabra de advertencia “atención” y las demás indicaciones que deben figurar en las etiquetas de los aerosoles de la categoría 2 contemplados en la tabla 2.3.1 del anexo I del Reglamento (CE) n.o 1272/2008; c) si el aerosol está clasificado como “extremadamente inflamable” de acuerdo con los criterios del punto 1.9, la palabra de advertencia “peligro” y las demás indicaciones que deben figurar en las etiquetas de los aerosoles de la categoría 1 contemplados en la tabla 2.3.1 del anexo I del Reglamento (CE) n.o 1272/2008; d) cuando el generador de aerosoles sea un producto de consumo, el consejo de prudencia P102 contemplado en la parte 1, tabla 6.1, del anexo IV del Reglamento (CE) n.o 1272/2008; e) cualquier precaución de uso adicional que advierta a los consumidores de los peligros específicos del producto; si el generador de aerosoles lleva unas instrucciones de manejo aparte, en ellas deberán constar también dichas precauciones de uso.»; b) el punto 3.1.2 se sustituye por el texto siguiente: «3.1.2. A 50 °C, la presión del generador de aerosoles no deberá superar los valores indicados en el cuadro siguiente, que dependerán del contenido de gases en el generador de aerosoles: Contenido de gases Presión a 50 °C Un gas licuado o una mezcla de gases que tengan un rango de inflamabilidad con el aire a 20 °C y una presión de referencia de 1,013 bares 12 bares Un gas licuado o una mezcla de gases que no tengan un rango de inflamabilidad con el aire a 20 °C y una presión de referencia de 1,013 bares 13,2 bares Gases comprimidos o gases disueltos a presión que no tengan un rango de inflamabilidad con el aire a 20 °C y una presión de referencia de 1,013 bares 15 bares»
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