Art. 1
Objeto
En vigor desde 14 sept 2016
Artículo 1
Objeto
La presente Directiva establece:
a)
las prescripciones técnicas necesarias para asegurar la seguridad de las embarcaciones que navegan por las vías navegables interiores a que se refiere el artículo 4, y
b)
la clasificación de dichas vías navegables interiores.
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