Art. 53 · Protección de datos

Art. 53

Protección de datos

En vigor desde 16 dic 2015
Artículo 53 Protección de datos El tratamiento de datos personales que se efectúe en los Estados miembros en el marco de la presente Directiva se hará conforme a lo dispuesto en el Derecho nacional de transposición de la Directiva 95/46/CE.
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