Art. 26
Información por parte de la Comisión y revisión
En vigor desde 25 nov 2015
Artículo 26
Información por parte de la Comisión y revisión
A más tardar el 1 de enero de 2019, la Comisión presentará un informe al Parlamento Europeo y al Consejo sobre las disposiciones de la presente Directiva que se aplican a las reservas en línea realizadas en distintos puntos de venta y la calificación de dichas reservas como viajes combinados, servicios de viaje vinculados o servicios de viaje autónomos, en particular sobre la definición de viaje combinado establecida en el artículo 3, punto 2, letra b), inciso v), y sobre si procede un ajuste o ampliación de esta definición.
A más tardar el 1 de enero de 2021, la Comisión remitirá un informe general sobre la aplicación de la presente Directiva al Parlamento Europeo y al Consejo.
Los informes a que se refieren los párrafos primero y segundo irán acompañados, en caso necesario, de propuestas legislativas.
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