Art. 12 · Revisión

Art. 12

Revisión

En vigor desde 15 may 2014
Artículo 12 Revisión A más tardar el 1 de julio de 2018, la Comisión presentará un informe al Parlamento Europeo y al Consejo sobre la aplicación de la presente Directiva. El informe incluirá un resumen de las repercusiones de las medidas previstas en la presente Directiva y una evaluación de los progresos realizados en la consecución de sus objetivos, incluido si la Directiva podría contribuir en mayor medida a la consecución de objetivos de banda ancha más ambiciosos que los fijados en la Agenda Digital y de qué manera.
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