Art. 107.tit_1 · Mutualización de los mecanismos nacionales de financiación en el caso de resoluciones de grupo

Art. 107.tit_1

Mutualización de los mecanismos nacionales de financiación en el caso de resoluciones de grupo

En vigor desde 15 may 2014
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dir:2014:59:oj#art-107.tit_1