Art. 22 · Entrada en vigor

Art. 22

Entrada en vigor

En vigor desde 16 abr 2014
Artículo 22 Entrada en vigor La presente Directiva entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. El artículo 5, apartado 1, letras a), b) y c), el artículo 6, apartado 1, el artículo 7, apartados 1, 2 y 3, el artículo 8, apartado 8, el artículo 9, apartado 1, y el artículo 17 serán aplicables a partir del 4 de julio de 2015.
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