Art. 25 · Disposiciones transitorias

Art. 25

Disposiciones transitorias

En vigor desde 26 feb 2014
Artículo 25 Disposiciones transitorias Los Estados miembros no impedirán la comercialización de material eléctrico regulado por la Directiva 2006/95/CE que sea conforme con la misma y se haya introducido en el mercado antes del 20 de abril de 2016.
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