Art. 52
Examen
En vigor desde 20 nov 2013
Artículo 52
Examen
A más tardar el 18 de enero de 2022, la Comisión presentará al Parlamento Europeo y al Consejo un informe sobre:
a)
la viabilidad técnica de una mayor reducción de las emisiones de los motores marinos de propulsión, así como de la introducción de requisitos sobre emisiones de evaporación y sistemas de combustible aplicables a los motores y a los sistemas de propulsión que tengan en consideración la rentabilidad de las tecnologías y la necesidad de acordar valores armonizados a nivel mundial para el sector, habida cuenta de las posibles grandes iniciativas del mercado, y
b)
la repercusión sobre la información a los consumidores y los fabricantes, en particular las pequeñas y medianas empresas, de las categorías de diseño de embarcaciones enumeradas en el anexo I, que se basan en resistencia a la fuerza del viento y a la altura significativa de ola, teniendo en cuenta la evolución de la normalización internacional. Dicho informe incluirá una evaluación de la posibilidad de que las categorías de diseño de embarcaciones exijan especificaciones o subdivisiones adicionales, y sugerirá subcategorías adicionales, según proceda.
Los informes mencionados en las letras a) y b) irán acompañados, según proceda, de propuestas legislativas.
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