Art. 16 · Informe

Art. 16

Informe

En vigor desde 22 oct 2013
Artículo 16 Informe A más tardar el 28 de noviembre de 2019, la Comisión presentará al Parlamento Europeo y al Consejo un informe en el que evaluará en qué medida los Estados miembros han tomado las medidas necesarias para cumplir la presente Directiva, y que comprenderá una evaluación de la aplicación del artículo 3, apartado 6, en conjunción con el artículo 8, apartados 1 y 2, e irá acompañado, si fuera necesario, de propuestas legislativas.
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