Art. 107
Coherencia de las revisiones supervisoras, evaluaciones y medidas de supervisión
En vigor desde 26 jun 2013
Artículo 107
Coherencia de las revisiones supervisoras, evaluaciones y medidas de supervisión
1. Las autoridades competentes informarán a la ABE de lo siguiente:
a)
el funcionamiento de su proceso de revisión y evaluación a tenor del artículo 97;
b)
la metodología empleada para basar las decisiones a que se refieren los artículos 98, 100, 101, 102, 104 y 105 en el proceso mencionado en la letra a).
La ABE hará una valoración de la información facilitada por las autoridades competentes, con la finalidad de aumentar la coherencia del proceso de revisión supervisora y de evaluación. Para llevar a cabo esta función, podrá dirigir a las autoridades competentes solicitudes de información adicional, con el fin de completar su evaluación, que respeten el principio de proporcionalidad de conformidad con el artículo 35 del Reglamento (UE) no 1093/2010.
2. La ABE presentará todos los años un informe al Parlamento Europeo y al Consejo sobre el grado de convergencia logrado entre los Estados miembros en la aplicación de lo dispuesto en el presente capítulo.
Con vistas a aumentar ese grado de convergencia, la ABE realizará evaluaciones inter pares, de conformidad con el artículo 30 del Reglamento (UE) no 1093/2010.
3. La ABE emitirá, de conformidad con el artículo 16 del Reglamento (UE) no 1093/2010, directrices dirigidas a las autoridades competentes a fin de especificar, de un modo que esté en consonancia con el tamaño, estructura y organización interna de las entidades y con la naturaleza, alcance y complejidad de sus actividades, el procedimiento y la metodología comunes del proceso de revisión y evaluación supervisoras a que se refieren el apartado 1 del presente artículo y el artículo 97, los procedimientos y metodologías comunes para evaluar la organización y el tratamiento de los riesgos a que se refieren los artículos 76 a 87, en particular, relativos al riesgo de concentración de conformidad con el artículo 81.
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