Art. 7 · Consulta y participación de los trabajadores

Art. 7

Consulta y participación de los trabajadores

En vigor desde 26 jun 2013
Artículo 7 Consulta y participación de los trabajadores La consulta y la participación de los trabajadores y/o de sus representantes tendrán lugar de conformidad con el artículo 11 de la Directiva 89/391/CEE.
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