Art. 3
Relación con otros actos jurídicos de la Unión
En vigor desde 21 may 2013
Artículo 3
Relación con otros actos jurídicos de la Unión
1. Salvo que se disponga de otro modo en la presente Directiva, en caso de que cualquier disposición de la presente Directiva sea incompatible con una disposición establecida en otro acto jurídico de la Unión que se refiera a procedimientos extrajudiciales de recurso incoados por un consumidor contra un comerciante, prevalecerá lo dispuesto en la presente Directiva.
2. La presente Directiva se entenderá sin perjuicio de la Directiva 2008/52/CE.
3. El artículo 13 de la presente Directiva se entenderá sin perjuicio de las disposiciones sobre información al consumidor relativa a procedimientos extrajudiciales de recurso contenidos en otros actos jurídicos de la Unión, que se aplicarán por añadidura a lo dispuesto en dicho artículo.
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