Art. 18 · Condiciones para la obtención de una licencia

Art. 18

Condiciones para la obtención de una licencia

En vigor desde 21 nov 2012
Artículo 18 Condiciones para la obtención de una licencia A las empresas solicitantes de una licencia se les exigirá que sean capaces de demostrar a las autoridades otorgantes del Estado miembro de que se trate, antes del inicio de sus actividades, que cumplen en todo momento los requisitos de honorabilidad, capacidad financiera y competencia profesional, así como de cobertura de su responsabilidad civil, establecidos en los artículos 19 a 22. A tales efectos, las empresas solicitantes de una licencia facilitarán toda la información necesaria.
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