Art. 103 · Estructura de la fórmula estándar

Art. 103

Estructura de la fórmula estándar

En vigor desde 25 nov 2009
Artículo 103 Estructura de la fórmula estándar El capital de solvencia obligatorio calculado con arreglo a la fórmula estándar será igual a la suma de lo siguiente: a) el capital de solvencia obligatorio básico, conforme al artículo 104; b) el capital de solvencia obligatorio por riesgo operacional, conforme al artículo 107; c) el importe del ajuste destinado a tener en cuenta la capacidad de absorción de pérdidas de las provisiones técnicas y los impuestos diferidos, conforme al artículo 108.
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